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Promulgan la Ley de Violencia de Género.

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El Poder Ejecutivo publicó este martes en el Boletín Oficial el texto de la Ley N° 10.956 de  Regimen de Prevención, Asistencia y Protección de la Violencia por Razones de Género, sancionada el 23 de marzo último por la Legislatura, que apunta a la “protección integral de las mujeres en el territorio entrerriano y el abordaje integral para prevenir y erradicar la violencia por razones de género, entendiendo que la misma trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”, según el texto de la norma.

El denominado nuevo “Régimen de protección, asistencia y prevención de la violencia por razones de género” reconoce a las mujeres entrerrianas en las particularidades de sus territorios, e incorpora do la perspectiva rural, isleña y costera de la mujer y también a las mujeres migrantes y originarias. Asimismo, establece avances en cuanto a acceso a la justicia; la protección integral de derechos de mujeres, niñas, niños y adolescentes, adultas mayores y el colectivo LGBTIQ+; y el respeto al principio de no revictimización.

El proyecto había sido  presentado por el Poder Ejecutivo provincial y tuvo media sanción en el Senado el 6 de octubre de 2021. Luego fue tratada el 16 de  marzo de 2022 en Diputados y volvió en revisión al Senado, que este miércoles  la convirtió en ley.

Se trata de una norma que –en  el marco de la ley nacional de protección integral para las mujeres (Nº26.485)- recoge experiencias de trabajo de distintos espacios, y  plantea principios de interpretación y perspectivas, de acuerdo a las realidades de las mujeres entrerrianas, dando cuenta de las interseccionalidades.

Uno de los puntos clave de la ley prevé que se garantizará el acceso a la Justicia. Esa garantía de acceso a la Justicia incluye el derecho de toda mujer a:
a) La gratuidad de todas las actuaciones judiciales;
b) La defensa y patrocinio letrado gratuito;
c) Recibir un trato humanizado, acorde con su condición de afectada, y no ser revictimizada;
d) Ser oída personalmente por el juez o la jueza y que su opinión sea tenida en cuenta al momento de tomar decisiones que la afecten, garantizándole el derecho a participar activamente en el proceso, pudiendo acceder a toda la información que la involucre;
e) La reserva de las actuaciones, la intimidad de las víctimas e identidad del denunciante y la confidencialidad de los datos en términos generales;
f) Recibir protección judicial urgente y preventiva;
g) Obtener una respuesta oportuna y efectiva, en el marco de un juicio sumarísimo;
h) La amplitud probatoria y el deber de la magistratura de valorar la prueba del proceso con perspectiva de género;
i) Oponerse a la realización de inspecciones sobre su cuerpo por fuera del estricto marco del proceso. En caso de consentirlas, en los peritajes como los efectuados por la policía tiene derecho a ser acompañada por alguien de su confianza y a que sean realizados por personal profesional con especialización en perspectiva de género.

«El Estado garantizará la defensa, representación y patrocinio sin costo alguno para la víctima, a través de la asesoría letrada, que se implementará con abogados y abogadas que acrediten conocimientos específicos en género y/o diversidad y violencia de género», agrega la ley.

Plantea además que en cualquier instancia del proceso, «la Jueza o el Juez podrá solicitar o aceptar en carácter de amicus curiae la colaboración de organizaciones no gubernamentales, entidades públicas o privadas que aborden la temática de la protección de los derechos de las mujeres en particular y los derechos humanos en general». Pero también que las resoluciones judiciales «deben redactarse de manera sencilla, y accesible, sin perjuicio de su rigor técnico. Los actos procesales deben utilizar términos y estructuras gramaticales simples y comprensibles, en consideración a las partes. Los tribunales deben facilitar los medios para superar los impedimentos de comprensión y contar con servicios de traductor e intérprete para los procesos que, según los actores, así lo ameriten».

Regimen Violencia de Genero by Entre Ríos Ahora

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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